BOCCE donde se establece la exigencia del Certificado Covid Digital de la Unión Europea (QR) como medida adicional de prevención y contención en la vigilancia y control de salud pública frente a la crisis sanitaria COVID-19; de donde se destaca como más relevante:
Los establecimientos obligados a exigir el CERTIFICADO/COVID-19 para el acceso a los mismos son:
1.- Establecimientos de hostelería (restaurantes, bares y cafeterías) con aforo igual o superior a 50 comensales, quedando excluidas las terrazas.
2.- Establecimientos de ocio nocturno ( discotecas, salas de baile, salas de fiestas con espectáculo, bares musicales, karaokes, y todos aquellos cuyo licencia de apertura no sea bar, cafetería o restaurante), con aforo igual o superior de 50 usuarios, quedando excluidas las terrazas.
Además, a la entrada del establecimiento deberá constar en cartel informativo, en lugar visible, de la exigencia del certificado para mayores de 12 años.
Hay tres tipos de CERTIFICADO COVID-19:
1.- Certificado de vacunación que acredita que su titular tiene la pauta completa de vacuna COVID-19.
2.- Certificado de prueba diagnóstica que acredita que su titular se realizó una prueba diagnóstica de infección activa (PDIA) negativa o un tests rápidos de antígenos, en las últimas 72 horas anteriores. Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N 1009
3.- Certificado de recuperación que acredita que el titular se recuperó de una infección por el SARS-CoV-2 diagnosticada y está en el período comprendido entre el día 11 y el 180, ambos incluidos, después de la PDIA positiva.
Este BOCCE ha entrado en vigor en el día de hoy 16-12-2021.
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